Los Auditores Externos

Los auditores son profesionales liberales que se encargan de la revisión y verificación de las cuentas de las empresas y emiten informes en los que expresan sus opiniones sobre la contabilidad que examinaron. En adición a los examenes de la situación financiera y contable de anuales de la empresas, estos profesionales son contratados para elaborar Auditorías Externas Especiales tales como, la Auditorías Forenses la cual trata de establecer violaciones a leyes que generan responsabilidad civil o penal; Estas Auditorías Externas Especiales en las que se trata de investigar o examinar una situación específica y permiten a empresas o Autoridades tomar decisiones o acciones legales en contra de los responsables de la comisión de infracciones a las leyes..
La Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados del 31 de Mayo del 1944 regula el ejercicio de la profesión contable. Los contadores de conformidad con la ley tienen la misión de investigar la condición económica y las cuentas de las compañías o negocios”. Son funcionarios profesionales que con el título de Contadores Públicos Autorizados (C.P.A.) deben cumplir con el encargo que reciban de los interesados de realizar la investigación correspondiente. Las investigaciones que se le encargan deben constar en un documento por escrito y pueden ser conforme indica el Artículo 5 de la ley sobre los siguientes puntos:

“Apertura de libros de contabilidad; estudio de balances; verificación de resultados obtenidos, aplicación de beneficios y reparto de dividendos; análisis de la liquidación de presupuestos de ingresos y gastos; verificación de los balances y cuentas presentadas por los administradores, gerentes o consejos de administración; balances, extractos de cuentas, memorias y presupuestos para las oficinas públicas; inventarios; aumentos o reducciones de capital; porcentajes de amortización de activos y su contabilización; costos de producción de servicios; ejecución de estatutos y contratos de sociedad, y, en general todos los hechos, actividades y cuentas susceptibles de demostrar la condición económica de la compañía o negocio en investigación y sus perspectivas presentes y futuras”.

De conformidad con la Ley los reportes podrán ser puramente objetivos, conteniendo únicamente los hechos y datos investigados; pero podrán contener también la opinión personal del Contador Público sobre los hechos y datos investigados.

Por su parte, el Artículo 12 se refiere al valor de los documentos y a la responsabilidad en que incurren los contadores al emitir los mismos:

“en todos los casos previstos en esta ley, los reportes de los Contadores Públicos Autorizados solo tendrán un valor informativo para las personas a cuyo requerimiento se formularon, pero no podrán ser aducidos como base jurídica u oficial en ningún caso, salvo el caso de peritaje, en el grado que autorice la ley”.

El Artículo 13 establece que cuando “una persona demuestre que, sobre la base de un informe rendido por un Contador Público, realizó inversiones o negocios con una compañía o negocio objeto del reporte, apoyándose en los hechos y datos contenidos en el reporte, y que tales operaciones culminaron en una pérdida derivada de la falta de veracidad de los hechos y datos objetivos del reporte, el Contador Público será responsable del pago de los daños y perjuicios a favor de la persona perjudicada, todo, a parte de las sanciones penales que fueren de lugar. En este caso y para este fin, la persona perjudicada podrá presentar el reporte como base de la acción judicial que intente contra el Contador Público”.

Por otra parte, la ley dispone que todos los reportes elaborados por un CPS deben ser sellados y suscritos por este, con certificación bajo juramento de que los hechos y datos contenidos en el reporte son la expresión de la verdad.

Dada la antigüedad de la ley que regula a estos profesionales, las estructuras modernas y tendencias para organizar estas y otras profesiones, los siguientes aspectos no se encuentran establecidos en ninguna Ley especial o Reglamento en la República Dominicana:

Responsabilidad de los Auditores cuando colaboran o realizan trabajos conjuntos;
Disposiciones que establezcan responsabilidad por violaciones a las normas y criterios de valoraciones de los documentos contables examinados;
Ámbito de la responsabilidad de los auditores; si se limita a la empresa que presta directamente los servicios o, si se extiende a las empresas vinculadas o en el caso de firmas que pertenecen a una agrupación, si la responsabilidad alcanza a alguna empresa miembro que comparte la responsabilidad.
El tema de la responsabilidad de estos profesionales es amplio y controvertido a nivel internacional. Los escándalos financieros internacionales recientes y los naciones en el sistema financiero han dado vigencia al tema de la responsabilidad de las firmas contables. Es un tema con vertientes de responsabilidad civil, penal y éticas.

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